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Corte de Santiago confirma condena a multitienda por no respetar plazos de Ciberday

  • Jueves 25 de junio de 2020
  • 16:29 hrs

En fallo unánime se condenó a la empresa por no respetar los plazos de entrega de productos estipulados en las promociones del Ciberday.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a la empresa Falabella Retail S.A. a pagar una multa de 50 UTM (unidades tributarias mensuales) por infringir la ley de protección de los derechos de los consumidores.

En fallo unánime se condenó a la empresa por no respetar los plazos de entrega de productos estipulados en las promociones del denominado "CyberMonday", en noviembre de 2016.

Para el tribunal de primer grado: "Falabella incumplió obligaciones contractuales, presumiéndose su culpa o negligencia, con arreglo al artículo 1547 inciso tercero del Código Civil, y provocando con ello un menoscabo, como y desde un malestar ante un cumplimiento tardío o imperfecto. Es Falabella la empresa profesional del retail, y por añadidura, la llamada y obligada a adoptar todos los recaudos posibles para que, ante una venta electrónica masiva, los derechos de los consumidores queden salvaguardados y que éstos reciban el bien comprado y dentro del plazo de entrega acordado. Si para garantizarlo es necesario desarrollar programas o funciones computacionales dentro de la compañía, ofrecer menos bienes que los inventariados, o adoptar otras eventuales medidas, Falabella debe hacerse cargo de ello, pues su deber precisamente de profesionalidad así se lo exige. Cualquier pensamiento en contrario significaría trasladar a los consumidores la carga de soportar errores que el proveedor debió haber previsto y evitado".

"Que habiendo Falabella incurrido en las infracciones a las disposiciones legales antes señaladas, procede, entonces, declarar su responsabilidad contravencional o infraccional", resuelve.