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Proyecto para retiro de fondo de pensiones fue aprobado por la Comisión de Constitución

  • Lunes 6 de julio de 2020
  • 18:02 hrs
Imagen de contexto.

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La iniciativa no obtuvo abstenciones, siete votos a favor y seis en contra, mientras que en este momento se realiza la discusión en particular.

Durante la tarde de este lunes 6 de julio la Comisión de Constitución de la Cámara aprobó, en general, el proyecto de reforma constitucional que permite a las personas cotizantes a poder retirar el 10 por ciento de sus ahorros de las AFP, con el fin de poder enfrentar los problemas económicos provocados por la pandemia del coronavirus.

La propuesta ingresada por los senadores independientes Pedro Araya, Carlos Bianchi y la demócrata cristiana Yasna Provoste el pasado 10 de junio, consta de un artículo único que agrega dos incisos al numeral sobre el derecho a la propiedad en el Artículo 19 de la Constitución, con el fin añadir el derecho a que "el afiliado podrá disponer de todo o parte de sus fondos previsionales, en la forma que establezca la ley, incluso antes de llegar a su edad de jubilación".

Incorpora también el siguiente texto: "Sin perjuicio de lo anterior, en aquellos casos en que se haya decretado un estado de excepción constitucional de catástrofe, de conformidad al artículo 41, los afiliados podrán retirar hasta un 10 por ciento de sus fondos previsionales".

El mismo indica que los cotizantes deberán reintegrar esos fondos posteriormente, "una vez cesado el estado de catástrofe", mediante mecanismos que deberán ser fijados por ley.

El texto pone como monto máximo de retiro "el equivalente a 150 unidades de fomento y un mínimo de 35unidades de fomento".

También se establece en la modificación constitucional que el 10 por ciento de los fondos acumulados sean inferiores a las 35UF, por lo que el afiliado podrá retirar hasta dicho monto.

Mientras que si los fondos acumulados son menores a 35 UF, el afiliado podrá retirar hasta la totalidad de los fondos en dicha cuenta.

En tanto, el texto propone que la entrega del cinco por ciento de los fondos sea en un plazo máximo de diez días hábiles después de presentada la solicitud ante la AFP correspondiente y la otra mitad debe entregarse en un plazo máximo de 30 días hábiles, a contar de la primera entrega, según consignó Cooperativa.