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Corte Suprema mantiene condena por emisión de imágenes en el programa “En su propia trampa”

  • Viernes 9 de abril de 2021
  • 09:35 hrs

Las imágenes fueron grabadas con una cámara oculta.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación y confirmó la condena contra la empresa televisiva Canal 13 S.A. por difundir imágenes grabadas sin autorización y que fueron difundidas en el programa: "En su propia trampa".

La sentencia ordenó pagar una indemnización de $25.000.000 (veinticinco millones de pesos) por difundir las imágenes grabadas sin autorización en la casa de la demandante, en abril de 2013.

En fallo unánime desestimó el recurso de casación por no explicitar cuáles serían los errores de derecho en que habría incurrido la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primera instancia que acogió la demanda.

El caso corresponde  a la grabación de imágenes  de una conversación que sostuvo una asistente social con don D.G.Y. sobre asuntos privados y confidenciales de su relación con el hijo de su expareja. La conversación se refería a problemas conductuales, problemas de convivencia con su padre y problemas económicos.

Tras ello, la demandante acusa que las imágenes fueron editadas para su difusión, destacando aspectos relacionados con su mala relación con el hijo de su pareja y dejando su imagen como de madrastra malvada e imputando como la principal responsable de la conducta del menor.

Finalmente, la Corte Suprema resolvió que: “se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido por el abogado Jorge Pablo Gómez Edwards, en representación de la parte demandada y en contra de la sentencia de dos de julio de dos mil veinte, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago”.