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Corte condenó a Canal 13 por cámara oculta usada en el programa "En su propia trampa"

  • Miércoles 8 de julio de 2020
  • 11:10 hrs

La Corte de Apelaciones de Santiago, rectificó la condena a Canal 13 por utilizar una cámara oculta en el programa conducido por el "Tío Emilio", "En su propia trampa".

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a Canal 13 S.A. a pagar una indemnización de 25 millones de pesos por los perjuicios causados a un comerciante de Puente Alto, a raíz de la difusión de imágenes grabadas con una cámara oculta.

Así, y en fallo unánime, Maritza Villadangos, María Loreto Gutiérrez y Rodrigo de Alencar ratificaron la sentencia del 29° Juzgado Civil de Santiago, por el caso de un capítulo del programa "En su propia trampa" de abril de 2013.

En el fallo se detalla que el equipo ingresó al domicilio de la demandante junto a funcionarios municipales. Una vez allí grabaron sin el consentimiento de ella conversaciones de temas “privados y confidenciales”.

También se indicó que, en el lugar, se usaron cámaras ocultas para registrar media hora de diálogos, los cuales fueron editados y difundidos en aquel episodio.

En el capítulo -detalla el fallo- una periodista, un productor y un camarógrafo ingresaron junto a funcionarios municipales al domicilio de la demandante, grabando sin su consentimiento una conversación sobre “asuntos privados y confidenciales” de índole familiar.

La recurrente detalló que se usaron cámaras ocultas para registrar media hora de diálogos, los que luego fueron editados y expuestos en el programa, dejándola como la “madrastra malvada” y principal responsable de la conducta de entonces un menor de edad, hijo de su pareja.